domingo, 28 de agosto de 2011

Permiso de edificaciòn


¿En qué consiste?

Permiso mediante el cual el Director de Obras Municipales respectivo, autoriza la petición de un usuario para construir en el espacio de una comuna. Sin este no podrá iniciarse obra alguna.

¿Cómo se hace?

  1. Revisar el Plano Regulador.
  2. Solicitar Certificado de Informaciones Previas.
  3. Solicitar Certificado de Aprobación de Anteproyecto de Obra de Edificación adjuntar la documentación requerida, completar los datos solicitados y presentarlo a la Dirección de Obras Municipales.
  4. Retirar o descargar formulario único nacional Solicitud de Aprobación de Proyecto de Obra, completar los datos requeridos, adjuntar la documentación y presentarla a la Dirección de Obras Municipales.

Documentos requeridos

Pueden existir variaciones de un municipio a otro. Por lo general se remiten a: ·
  • Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto proyectista, indicando en ella o acompañando los antecedentes que se requiera en cada caso.
  • Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas vigente o bien del que sirvió de base para desarrollar el anteproyecto vigente y de la plancheta catastral si ésta hubiere sido proporcionada.
  • Formulario único de estadísticas de edificación.
  • Informe del Revisor Independiente, cuando corresponda, o del arquitecto proyectista.
  • Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado, emitido por la empresa de servicios sanitarios correspondiente o por la autoridad respectiva.
  • Planos de arquitectura numerados (los que cada Municipalidad requiera).
  • Cuadro de superficies.
  • Plano comparativo de sombras, cuando corresponda.
  • Planos de estructura.
  • Especificaciones técnicas de las partidas contempladas en el proyecto.
  • Levantamiento topográfico.
  • Estudio de Ascensores, cuando corresponda. La edificación debe tener Aprobación del SESMA de su sistema de agua potable. Para las solicitudes de permiso de edificación ubicadas fuera de los límites urbanos, deberán acompañar además los informes favorables de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola Ganadero.

¿Dónde se realiza?

Dirección de Obras de la Municipalidad respectiva.

Costo

Los permisos de construcción pagarán un derecho que se calculará sobre el monto del presupuesto de la obra. Las Direcciones de Obras Municipales podrán disponer que, al momento de ingresar una solicitud de aprobación de permiso, se consigne un monto equivalente al 1,5% del presupuesto. Dicho monto se descontará al momento del pago del permiso.

Resultado

  • Cartón con la identificación del permiso y de los profesionales competentes.
  • Ejemplar de la boleta de permiso del proyecto. Legajo de antecedentes respectivos.

Observaciones

Este trámite debe ser gestionado por el arquitecto. Se recomienda trabajar con un revisor independiente registrado en el Minvu con el objeto de acompañar la documentación con sus informes, de esta forma se acortarán los plazos de la mayoría de los trámites relacionados.

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